Congreso rechazó su pedido: Dina Boluarte no recibirá pensión vitalicia de expresidente
Informe del Área de Asesoría Laboral del Congreso determinó que la solicitud de la exmandataria es »improcedente». Boluarte pretendía recibir el pago mensual de casi 35 mil soles de manera vitalicia. El Defensor del Pueblo la respalda y cuestiona decisión del Parlamento.
No habrá pensión vitalicia para Dina Boluarte. La exmandataria se quedará sin recibir los cerca de 35 mil soles mensuales de pensión vitalicia luego de que el Congreso de la República, a través de su Área de Asesoría Laboral, determinara como improcedente el pedido de la expresidenta, pues no cumple los requisitos contemplados en la Ley 26519.
Según un reportaje del programa Cuarto Poder, el Parlamento desestimó de manera definitiva la posibilidad de que a Boluarte Zegarra se le otorgue una pensión vitalicia tal como la reciben expresidentes de la República. “Resulta improcedente la solicitud de pensión requerida por la señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra en su condición de expresidenta de la República, por sucesión presidencial”, se puede leer en el documento difundido por el programa dominical. De acuerdo al informe del Poder Legislativo la expresidenta quien tiene varias investigaciones en curso siendo una de las más serias el caso de la muerte de decenas de personas en las protestas de fines del 2022 e inicios del 2023, no cumpliría los requisitos de la Ley 26519 y la decisión de no otorgarle la pensión de por vida se basa en tres elementos.
La expresidenta Boluarte no fue elegida por mandato popular, sino que asumió por sucesión constitucional al producirse la vacancia de Pedro Castillo, en segundo lugar, la norma sobre la pensión vitalicia está dirigida a los ex jefes de Estado que cumplen todo el periodo presidencial cosa que no se realizó en el caso de Dina Boluarte, y por último, la también abogada fue destituida por el Congreso el pasado 10 de octubre debido a incapacidad moral.
»Última ratio es que la pensión sea una forma de reconocimiento de parte de quien representa a la nación a quien ejerció de manera proba, por un periodo completo, el más alto cargo de servicio al país y, por ello, necesariamente tendría que otorgarse a un expresidente constitucional elegido por mandato popular que haya ejercido el cargo durante un periodo íntegro”, se lee en el informe congresal.
Defensor del Pueblo
Una vez conocida la decisión del Congreso, desestimando la solicitud de Boluarte Zegarra, el Defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, salió al frente para respaldar a la expresidenta y cuestionar el informe que avala el no otorgarle la pensión de ex jefe de Estado. Según Gutiérrez el Parlamento no puede tomar decisiones solo porque le resulte más »favorable a su imagen».
“Si muere el presidente, sus vicepresidentes, ellos tienen sucesión constitucional, porque está legislado en la Constitución, con todos los derechos que eso implica. Que es muy distinto a una sucesión legal, que no está en la Constitución, porque lo demás estaría alejado del principio de legalidad, de taxatividad, y sobre todo sería una afrenta al Estado constitucional de derecho», dijo el Defensor del Pueblo y agregó. ‘‘Así que el Congreso no puede legislar, no puede tomar decisiones en función a lo que le resulte más favorable en su imagen ante la opinión pública, sino en función a lo que dice la Constitución y la ley».
Foto: Difusión







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